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Solicitud extraordinaria al Rector de naturaleza académica

Datos Generales

Objeto del procedimiento

Solicitar al rector peticiones especiales que no tienen establecida una forma de respuesta automática(no están delegadas en los Decanos/Directores de centros).

Breve Descripción del Proceso

El proceso consta de los siguientes pasos:  El expediente se inicia con la petición del alumno al Rector, sobre temas académicos, pudiendo diferenciar entre:

  • Temas en los cuales no hay delegación en los Decanos de Facultades o Directores de Escuelas.
  • En los Recursos de Alzada en donde se recurra un competencia propia de los Decanos/Directores de Centros.
  • En los Recursos Potestativos de Reposición, en los casos que se recurra una resolución de los Decanos/Directores de cuya competencia haya sido delegada por el Rector.

Los centros remitirán la solicitud del alumno junto con la documentación indicada en las Instrucciones de Secretaría General, de procedimiento sobre peticiones especiales que deban ser resueltas por el Rector

Destinatarios

  • Estudiantes de Nuevo Ingreso
  • Estudiantes de Grado
  • Estudiantes de Postgrado

Unidad responsable

Servicio de Gestión Académica de Alumnos

Fecha final de vigencia

Indefinida

Normativa Aplicable

  • Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, (BOE nº 285 de 27/11/1992).
  • Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE 24/12/2001).q Decreto 276/1998, de 22 de diciembre, por el que se aprueban los antiguos Estatutos de la Universidad de Almería (BOJA 19/1/1999).
  • Decreto 343/2003, de 9 de diciembre, por el que se aprueban los vigentes Estatutos de la Universidad de Almería (BOJA 24/12/2003).
  • Resolución de Rectorado, sobre matrícula oficial en centros de esta Universidad para el curso académico activo, cuya publicación se realiza en BOJA.
  • IT-02 Instrucción Técnica Practica de Notificaciones.
  • Instrucciones de la Secretaría General, de fecha 12/1/2001, de procedimiento sobre peticiones especiales que deben ser resueltas por el Rector

Inicio del Procedimiento

Modos preferentes de iniciación

  • Por registro general
  • Sede electrónica

Persona o entidad que inicia el proceso

Alumno

Documentación

Documentación necesaria para resolver:

  1. Solicitud del alumno y documentación que en su caso aporte.
  2. Informe del Decano/Director de la Facultad o Escuela donde esté matriculado o vaya a matricularse el alumno.
  3. Expediente académico remitido por la Secretaria de la Facultad o Escuela.

Plazo de presentación

Según los plazos hábiles en cada procedimiento.

Lugar de presentacion de solicitud

En el Registro General, en los registros auxiliares de Araties o en el Registro Electrónico de la UAL.

Requiere Abono de Previo de Tasas

No

Tramitación

  • Órgano de tramitación: La Secretaría de la Facultad o Escuela, y posteriormente el Servicio de Ordenación Docente, Planes de Estudio y Formación Continua
  • Órgano de resolución: El Rector
  • Plazo de Resolucion máximo: Tres meses si es una petición no delegada en los Decanos y Directores de Centros, o si corresponde a un recurso de alzada, y un mes si la resolución corresponde a un recurso potestativo de reposición.
  • Efectos del Silencio Admvo.: Desestimatorio.
  • Agota vía administrativa: Si

Recursos

                                                                        

Recurso potestativo de Reposición, o recurso de alzada ante el Rector en el plazo de un mes, o en su caso recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses.

                                    

Hora Local y Legal

Presentación

  • Plazo de presentación: Según los plazos hábiles en cada procedimiento.
  • Lugar de presentacion de solicitud: En el Registro General, en los registros auxiliares de Araties o en el Registro Electrónico de la UAL.
  • Requiere Abono de Previo de Tasas: No

Actualizado por: Fac. Derecho

Date: 28 November 2012

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