Matrícula de proyecto fin de carrera y tesis
Datos Generales
Objeto del procedimiento
Solicitud para la defensa del Proyecto Fin de Carrera. Requisito previo y obligatorio.
Breve Descripción del Proceso
- Para poder matricularse habrá que tener superados todos los créditos Troncales y Obligatorios de primer y segundo curso en las Técnicas y del primer curso en las Superiores, la matrícula dará derecho a tres convocatorias de examen.
- Al dorso de la solicitud de matrícula habrá que proponer el Tribunal.
- Se comprueba el expediente del alumno y se graba la matrícula.
- Nombramiento de Tribunal en virtud de la matrícula.
Destinatarios
- Estudiantes de Grado
- Estudiantes de Postgrado
Unidad responsable
Servicio de Gestión Académica de Alumnos
Fecha final de vigencia
Indefinida
Normativa Aplicable
Reglamento de Proyectos Fin de Carrera de la Escuela Politécnica Superior, aprobado por la Junta de Escuela.
Otra Información Pública
Publicación de fecha, hora y lugar de defensa de los Proyectos Fin de Carrera.
Inicio del Procedimiento
Modos preferentes de iniciación
- Por escrito con firma/Presencial con identificación personal/Impreso de solicitud
- Por registro general
Persona o entidad que inicia el proceso
Alumno
Requisitos
- Para los alumnos de ITA, tener superados el 100 % de los créditos Troncales y Obligatorios de 1º y 2º curso, y tener un anteproyecto aprobado.
- Para los alumnos de Ingeniero Agrónomo e Ingeniero Informática, tener todas las materias Troncales y obligatorias de 1er. curso superadas y tener un anteproyecto aprobado.
Documentación
- Impreso de matrícula relleno.
- Impreso de propuesta de tribunal cumplimentado y firmado por los profesores propuestos.
- Copia del pago de las tasas.
Plazo de presentación
En los PFC de la E.P.S., 15 días hábiles antes de la fecha de entrega del proyecto para cada convocatoria.
Lugar de presentacion de solicitud
Registros Oficiales de la UAL, preferentemente en el Registro del Centro implicado.
Requiere Abono de Previo de Tasas
Sí.
Tramitación
- Órgano de tramitación:
Secretarias de Centros.
- Órgano de resolución:
Secretarias de Centros.
- Plazo de Resolucion máximo:
3 meses
- Efectos del Silencio Admvo.:
- Agota vía administrativa:
No
Recursos
Ante el mismo Centro en el plazo que fija la Ley de Procedimiento Administrativo.