Traslado de expediente a Titulaciones de la UAL
Datos Generales
Objeto del procedimiento
Solicitudes de estudiantes con estudios iniciados de primer y segundo ciclo en otras universidades, y que desean continuar sus estudios en la Universidad de Almería.
Solicitudes de estudiantes de Grado de la Universidad de Almería, o de otras universidades que desean iniciar estudios de Grado en la Universidad de Almería, mediante admisión por reconocimiento de créditos
Solicitudes de estudiantes con estudios universitarios extranjeros parciales o totales que no hayan obtenido homologación de sus títulos en España, pero el informe del Ministerio prevea la posibilidad de continuar los estudios en una universidad española y desean continuarlos en la Universidad de Almería.
Breve Descripción del Proceso
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Destinatarios
- Estudiantes de Nuevo Ingreso
- Estudiantes de Grado
Unidad responsable
Servicio de Gestión Académica de Alumnos
Fecha final de vigencia
Indefinida
Normativa Aplicable
- Resolución del Consejo de Gobierno de la Universidad de Almería de 8 de junio de 2011, donde se aprueban los criterios generales para la aceptación de traslados de expediente a los estudios de Grado en la Universidad de Almería.
- Resolución del Rectorado sobre Matrícula en Centros de esta Universidad para el curso académico activo.
- R.D. 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones pare el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas.
- R.D. 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, modificado por el R.D. 861/2010, de 2 de julio.
- R.D.1742/2003, de 19 de diciembre, por el que se establece la normativa básica para el acceso a Centros Universitarios
- R.D. 69/2000, de 21 de enero, por el que se regulan los procedimientos de selección para el ingreso en los centros universitarios
- Resolución del Rectorado de la Universidad de Almería sobre traslados de expediente y simultaneidad de estudios de 7 de octubre de 1993.
- Real Decreto 1497/1987, de 27 de Noviembre, por el que se establecen las Directrices Generales Comunes de los planes de Estudio de los Títulos Universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. Modificado por Real Decreto1267/1994, de 10 de Junio.
Inicio del Procedimiento
Modos preferentes de iniciación
- Por registro general
- Sede electrónica
Persona o entidad que inicia el proceso
El estudiante interesado o persona autorizada
Requisitos
Para poder ser admitido por traslado de expediente para iniciar estudios de Grado por reconocimiento de créditos, es necesario:
- Que haya un reconocimiento previo, de al menos 30 créditos en la titulación a la que se quiere acceder.
- Que existan plazas vacantes según las previsiones del Centro en su ordenación docente.
Para poder ser admitido por traslado de expediente para continuar estudios ya iniciados de primer y segundo ciclo, es necesario:
- Que existan plazas vacantes según las previsiones del Centro en su ordenación docente.
- Que una vez realizada la adaptación, ésta sea favorable por tener el estudiante posibilidad de finalizar los estudios, teniendo en cuenta el proceso de extinción del plan de estudios que corresponda.
Documentación
Debes dirigirte al Servicio de Información y Registro de la Universidad y entregar la siguiente documentación:
- Instancia normalizada para traslado de expediente debidamente cumplimentada (te será facilitada en la línea cero del Servicio de Información o pinchando en el márgen derecho de esta página).
- Copia del DNI, NIE o Pasaporte en vigor.
- Copia de la tarjeta de Selectividad u otra vía de acceso.
- Certificación académica con expresión del número de créditos o equivalencia.
- Fecha de publicación del Plan de Estudios en B.O.E.. Si es extranjero o no está publicado, deberá aportar copia del Plan de Estudios o Memoria del Estudio.
- Programas originales sellados por el Departamento/Centro correspondiente de la universidad de origen, en el caso de estudios de primer y segundo ciclo y estudios extranjeros.
- Para estudios extranjeros: certificación que acredite la oficialidad y validez académica de los estudios de origen con detalle de las calificaciones obtenidas, incluyendo la nota mínima para la superación de las asignaturas y copia del Plan de Estudios de la titulación iniciada por el alumno donde conste la duración de los estudios en años académicos, las asignaturas que lo integran y su carga lectiva expresada en horas.
Plazo de presentación
Para el curso 2013-14 el plazo está previsto del 1 de junio al 16 de julio (pendiente aprobación).
Lugar de presentacion de solicitud
Servicio de Información y Registro de la Universidad-Proceso de Reconocimientos, Adaptaciones y Traslados de Expediente, o a través del Registro Electrónico www.ual.es/registro.
Requiere Abono de Previo de Tasas
Debes abonar los precios públicos por traslado de expediente en la universidad de origen
Tramitación
- Órgano de tramitación:
Servicio de Gestión Académica de Alumnos
- Órgano de resolución:
Decanos y Directores de Centros
- Plazo de Resolucion máximo:
3 meses
- Efectos del Silencio Admvo.:
- Agota vía administrativa:
Si
Recursos
Reposición ante el Rector. Plazo: 1 mes a partir de la notificación de la resolución de la solicitud.Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería. Plazo: 2 meses a partir de la notificación de la resolución de la solicitud.